{"id":3702,"date":"2025-07-10T14:05:29","date_gmt":"2025-07-10T14:05:29","guid":{"rendered":"https:\/\/elpregonerodechile.com\/?p=3702"},"modified":"2025-07-10T14:05:29","modified_gmt":"2025-07-10T14:05:29","slug":"fach-habria-impedido-defensa-de-imputado-en-red-de-trafico-corte-debera-resolver-amparo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elpregonerodechile.com\/?p=3702","title":{"rendered":"FACh habr\u00eda impedido defensa de imputado en red de tr\u00e1fico: Corte deber\u00e1 resolver amparo"},"content":{"rendered":"<p> \n<\/p>\n<div>\n<p data-parapraph=\"0\">Un nuevo cap\u00edtulo se suma al esc\u00e1ndalo que involucra a miembros de la Fuerza A\u00e9rea de Chile (FACh) en una red de tr\u00e1fico de estupefacientes. Esta vez, la controversia gira en torno a la presunta obstrucci\u00f3n del derecho a defensa de uno de los imputados, de iniciales M.A.P.D. cuya situaci\u00f3n ha llegado a la justicia mediante un recurso de<a href=\"https:\/\/www.elciudadano.com\/?s=%20amparo\" title=\" amparo\" class=\"search-link\"> amparo<\/a> interpuesto por su abogado, Marcelo Rocha Arredondo.<\/p>\n<p data-parapraph=\"1\">La Corte de Apelaciones de San Miguel deber\u00e1 resolver si la FACh vulner\u00f3 garant\u00edas constitucionales al negar el acceso del defensor a su cliente y al ocultar informaci\u00f3n sobre su paradero y estado de salud.<\/p>\n<p data-parapraph=\"2\">Seg\u00fan el escrito presentado, M.A.P.D. fue detenido por personal de la FACh en Iquique, en el marco de una investigaci\u00f3n por tr\u00e1fico il\u00edcito de estupefacientes. El lunes 7 de julio, sus familiares contactaron al abogado para que asumiera su defensa. Al d\u00eda siguiente, Rocha se present\u00f3 en la Base A\u00e9rea El Bosque, donde inicialmente se le confirm\u00f3 que su representado estaba en el recinto.<\/p>\n<p data-parapraph=\"3\">Sin embargo, al dirigirse a la Secci\u00f3n de Contra Inteligencia (G.A.E.B.), la situaci\u00f3n cambi\u00f3:, tal y como explic\u00f3 el jurista en la acci\u00f3n legal: <\/p>\n<p data-parapraph=\"4\">\u201ca) Se me otorg\u00f3 acceso a la unidad militar para entrevistar a mi defendido. (15:55 horas)<br \/>b) Se me neg\u00f3 al acceso al detenido, se\u00f1al\u00e1ndome que \u2018para verlo deb\u00eda dirigirme a la Fiscal\u00eda de Tarapac\u00e1\u2019 (16:08 horas)<br \/>c) Ante mi insistencia, un suboficial de apellido Echeverr\u00eda me indic\u00f3 por instrucciones del Fiscal de Aviaci\u00f3n Angelo Figueroa, que no correspond\u00eda autorizarme la entrevista carcelaria, puesto que \u2018el detenido ya ten\u00eda Abogado\u2019.<br \/>d) Finalmente, el funcionario Echeverr\u00eda me manifest\u00f3 que \u2018por orden del Fiscal no puedo confirmarle que el detenido se encuentra en esta unidad militar\u2019\u201d.<\/p>\n<h3 class=\"wp-block-heading\" id=\"h-fach-habria-impedido-defensa-de-imputado\"><span id=\"fach-habria-impedido-defensa-de-imputado\">FACh habr\u00eda impedido defensa de imputado<\/span><\/h3>\n<p data-parapraph=\"5\">El abogado denunci\u00f3 que estas acciones \u201cprivan de facto a mi representado de su libertad personal\u201d\u00a0y violan el\u00a0art\u00edculo 19 N\u00b07 de la Constituci\u00f3n, que consagra el derecho a defensa jur\u00eddica y a no ser privado de libertad sin orden judicial.<\/p>\n<p data-parapraph=\"6\">\u00abLas conductas de los funcionarios que actuaron por la instituci\u00f3n recurrida, impidieron en la pr\u00e1ctica, el ejercicio del Derecho a defensa jur\u00eddica con que cuenta el detenido; impidiendo de facto que fuera entrevistado por su Abogado Defensor y negando la posibilidad de, otorgar en dicha oportunidad, los correspondientes patrocinios y poderes para actuar tanto ante el Tribunal de Garant\u00eda, como ante la Fiscal\u00eda que conocer\u00e1 de la investigaci\u00f3n\u00bb, plante\u00f3 Rocha en el amparo.<\/p>\n<p data-parapraph=\"7\">\u00abEste Derecho se encuentra consagrado, tanto en el art\u00edculo 19 n\u00famero tres inciso segundo de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de la Rep\u00fablica; como en el art\u00edculo 8 del C\u00f3digo Procesal Penal; que es el estatuto jur\u00eddico aplicable a mi defendido, toda vez que, en horas de la ma\u00f1ana, ya se hab\u00eda anunciado la sanci\u00f3n de \u201cbaja\u201d por parte de la instituci\u00f3n, por lo que no proceder\u00eda aplicarle las normas del fuero militar\u00bb, argument\u00f3.<\/p>\n<p data-parapraph=\"8\">En el recurso el profesional destac\u00f3 contradicciones en las versiones de la FACh, ya que primero se le dijo que deb\u00eda acudir a la Fiscal\u00eda de Tarapaca, luego se le indic\u00f3 que M.A.P.D. ya ten\u00eda abogado defensor penal privado en la causa; y finalmente se le neg\u00f3  su presencia en la unidad militar.<\/p>\n<p data-parapraph=\"9\">Rocha plante\u00f3 que esta disposici\u00f3n a negar el acceso a la informaci\u00f3n sobre el caso, es consistente con las quejas de la Fiscal Regional de Tarapac\u00e1, Mar\u00eda Trinidad Steinert, quien denunci\u00f3 haber recibido \u201csolo cinco p\u00e1ginas de informe\u201d donde faltaban antecedentes esenciales para investigar los hechos.<\/p>\n<p data-parapraph=\"10\">Argument\u00f3 que no corresponde aplicar normas disciplinarias del fuero militar a una persona que ha sido dada de baja de las FACH; ni menos a\u00fan, bajo pretexto del cumplimiento de dicho estatuto jur\u00eddico, impedir el ejercicio de derechos constitucionales o garant\u00edas procesales consagradas en el C\u00f3digo de enjuiciamiento respectivo.<\/p>\n<p data-parapraph=\"11\">\u00abSea cual sea la participaci\u00f3n y eventual responsabilidad del detenido en los hechos investigados, es absolutamente improcedente que se contin\u00fae con la negativa de permitirle el acceso a conferenciar con su abogado y otorgar patrocinio y poder en la causa; m\u00e1xime si se niega, al mismo tiempo, la informaci\u00f3n oficial sobre el lugar de detenci\u00f3n y el estado actual de salud del detenido\u00bb, enfatiz\u00f3.<\/p>\n<h3 class=\"wp-block-heading\" id=\"h-se-desconocen-los-derechos-del-imputado\"><span id=\"se-desconocen-los-derechos-del-imputado\">Se desconocen los derechos del imputado<\/span><\/h3>\n<p data-parapraph=\"12\">El abogado se\u00f1al\u00f3 que este caso ha escalado pol\u00edticamente. y que el Comandante en Jefe de la FACh, General Hugo Rodr\u00edguez Gonz\u00e1lez, fue interpelado  diversas autoridades, que estiman que habr\u00eda sostenido una especie de cuestionamiento a la instrucci\u00f3n del Presidente de la Rep\u00fablica, Gabriel Boric, de poner los<a href=\"https:\/\/www.elciudadano.com\/chile\/trafico-de-drogas-en-las-ffaa-boric-ordeno-a-la-fach-entregar-todos-los-antecedentes-al-ministerio-publico\/07\/08\/\"> antecedentes<\/a> en conocimiento del Ministerio P\u00fablico.<\/p>\n<p data-parapraph=\"13\">Explic\u00f3 que la raz\u00f3n por la que decidi\u00f3 recurrir  en contra de la Fuerza A\u00e9rea de Chile es porque  la instituci\u00f3n ha reconocido p\u00fablicamente tener recluidos a las personas involucradas, \u00aben el entendido que por ser funcionarios activos, se encontrar\u00edan bajo su jurisdicci\u00f3n, conforme el fuero militar; pero luego, sin embargo, ha anunciado las bajas respectivas, negando en el caso de M.A.P.D., la informaci\u00f3n<br \/>relativa a su paradero, junto con impedir que su abogado particular lo visite y entreviste\u00bb.<\/p>\n<p data-parapraph=\"14\">\u00abDe esta forma, se desconoce en los hechos el ejercicio de las garant\u00edas constitucionales ya citadas; as\u00ed como los derechos del imputado, consagrados en las normas de enjuiciamiento\u00bb, subray\u00f3.<\/p>\n<p data-parapraph=\"15\">Para el abogado Marcelo Rocha Arredondo, esta conducta hace procedente el amparo, puesto \u00abque un organismo del Estado est\u00e1 limitando la libertad de circulaci\u00f3n a una persona, basado en un procedimiento, arbitrario, pero tambi\u00e9n inexplicablemente ilegal, como negar la informaci\u00f3n, incluso a tan altas magistraturas, como el Ministerio P\u00fablico\u00bb.<\/p>\n<p data-parapraph=\"16\">La Corte de Apelaciones de San Miguel tiene ahora la palabra. De acogerse el amparo, la FACh podr\u00eda ser obligada a entregar la informaci\u00f3n completa sobre el paradero de M.A.P.D., permitir el acceso inmediato de su abogado para entrevistarlo y obtener su firma en los escritos de patrocinio y poder que sean procedentes. <\/p>\n<\/div>\n<p><script async defer crossorigin=\"anonymous\" src=\"https:\/\/connect.facebook.net\/en_US\/sdk.js#xfbml=1&#038;version=v14.0&#038;appId=91647977268&#038;autoLogAppEvents=1\" nonce=\"oICed85h\" type=\"126ea12e13ab6b3515375743-text\/javascript\"><\/script><br \/>\n<br \/>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"Un nuevo cap\u00edtulo se suma al esc\u00e1ndalo que involucra a miembros de&hellip;\n","protected":false},"author":1,"featured_media":3703,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_monsterinsights_skip_tracking":false,"_monsterinsights_sitenote_active":false,"_monsterinsights_sitenote_note":"","_monsterinsights_sitenote_category":0,"fifu_image_url":"https:\/\/www.elciudadano.com\/wp-content\/uploads\/2025\/07\/FACh_amparo.jpg","fifu_image_alt":"","footnotes":""},"categories":[14],"tags":[],"class_list":{"0":"post-3702","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-internacionales-2"},"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/elpregonerodechile.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3702","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/elpregonerodechile.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/elpregonerodechile.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elpregonerodechile.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elpregonerodechile.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=3702"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/elpregonerodechile.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3702\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elpregonerodechile.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/3703"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/elpregonerodechile.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=3702"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/elpregonerodechile.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=3702"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/elpregonerodechile.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=3702"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}